Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 30/11/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 21 de noviembre de 1988, por la que se concede autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente Privado de Preescolar y Educación General Básica Alborán, de Marbella (Málaga).

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Examinado el expediente instruido por Dª Carmen Duque Aragoneses, en su calidad de Presidente de la sociedad "Colegio Los Molineros, S.A.", entidad titular del Centro Privado de Preescolar y Educación General Básica "Alborán", con domicilio en Urbanización Riomar de Marbella (Málaga), en solicitud de autorización definitiva de un Centro con 2 unidades de Preescolar y 8 unidades de Educación General Básica, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6º y siguiente del Decreto

1855/74, de 7 de junio;

Resultando que el Centro Privado "Alborán" ha obtenido la autorización previa, a la que alude el Artículo 5º del Decreto mencionado; Resultando que en el expediente de autorización definitiva han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección y la Unidad Técnica de Construcciones;

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los Centros no estatales de enseñanza; la Orden de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden de 14 de agosto de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden de 22 de mayo de

1978 (BOE del 2 de junio); y demás disposiciones complementarias; Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro docente privado de Preescolar y Educación General Básica "Alborán" cuyo código es 29601793 y domiciliado en Marbella (Málaga), Urbanización Riomar, con 2 unidades de Preescolar para 80 puestos escolares y 8 unidades de Educación General Básica para 320 puestos escolares. Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 21 de noviembre de 1988

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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