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Ilmos. Sres.:
Por Orden de 9 de mayo de 1989 (BOJA núm. 38, de 16 de mayo) se dispuso el cumplimiento de la sentencia dictada por la Excma. Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en recurso núm. 327/83. Con fecha
29 de junio, se procedió a dejar en suspenso la citada Orden, en cumplimiento de lo dispuesto por la Sala mediante Providencia de 13 de junio de 1989. Comunicada por la Sala, en fecha 30 de noviembre de 1989 el levantamiento de la suspensión, procede dar plena validez a la referida Orden de 9 de mayo de 1989.
En su virtud, por esta Consejería se acuerda levantar la suspensión decretada, declarando la plena validez de la Orden de 9 de mayo de 1989 (BOJA de 17 de mayo), por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por la Excma. Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, con fecha 12 de junio de 1987, en recurso contencioso número
327/83, seguido a instancia de Nueva Plaza de Toros de Granada, S.A., sobre licencia de obras para la construcción de edificaciones en solar sito en Calles Dr. Oloriz, Dr. Azpitarte, Dr. Marañón y Ruiz de Alda. Lo que comunico a VV.II., para su conocimiento.
Sevilla, 20 de diciembre de 1989
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Urbanismo, Delegado Provincial de la Consejería de Granada.
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