Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ilmos. Sres.:
Ampliadas las plantillas en los Cuerpos docentes no Universitarios por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 1988, procede determinar para cada Centro, la plantilla orgánica de Profesores Agregados que le corresponde, indicando las plazas ocupadas en cada caso. En su virtud, esta Dirección General de Personal ha resuelto:
1º. En los Centros de Bachillerato dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, existirán las Agregadurías que se señalan en el Anexo I a la Resolución.
2º. Tendrán la consideración de vacantes y, por ello podrán ser objeto de concurso, las plazas no ocupadas en cada Centro, de acuerdo con los datos del citado Anexo.
Sevilla, 1 de febrero de 1989.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Descargar PDF