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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1.988, de 2 de agosto,
DISPONGO:
Autorizar las tarifas que a continuación se relacionan ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
CONCEPTO IVA INCLUIDO
A) Precio del Agua
Por metro cúbico consumido....................................50 ptas./m3
B) Cuota de Servicio
Por abonado y trimestre...............................556 ptas./Trimestre.
C) Derecho de Conexión
A la firma del Contrato........................................1.000 ptas.
D) Cambio de titularidad
Reconversión del contrato.......................................200 ptas.
BONIFICACIONES
1º Las familias cuyos ingresos anuales sean inferiores a 700.00 ptas gozarán, sobre la cuota de servicio, de las siguientes bonificaciones porcentuales:
-Familias con ingresos inferiores a 250.000 ptas......................100%
-Familias con ingresos inferiores a 400.000 ptas.......................75%
-Familias con ingresos inferiores a 550.000 ptas.......................50%
-Familias con ingresos inferiores a 700.000 ptas.......................25%
2º A estos efectos, se computarán todas aquellas percepciones de familiares o personas que convivan con el contribuyente.
3º Para gozar de estos beneficios se deberá formular declaración durante el mes de febrero de cada año, ante el Negociado de Rentas y exacciones, que se reserva la facultad de investigar la veracidad del contenido de la misma.
Esta Orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de febrero de 1989
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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