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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 26.1.
89 por la Audiencia Territorial de Granada en el Recurso Contencioso- Administrativo núm. 119/87 promovido por la empresa "Incosersa" Constr. Ingeniería y Serv. S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la Compañía Mercantil "Construcciones, Ingeniería y Servicios, S.A." (Incosersa) contra la resolución de la Delegación Provincial en Jaén de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de
22 de septiembre de 1986, confirmada en alzada por otra de la Dirección General de la misma Consejería de 13 de noviembre siguiente, sobre sanción en materia de seguridad en el trabajo, estimándose ajustados a Derecho tales actos; sin expresa condena en costas.
Sevilla, 20 de febrero de 1989.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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