Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 7/3/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 2 de febrero de 1989, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de monumento, como bien de interés cultural a favor del inmueble del Marqués de Casa-Arizón, situado en calle Banda de la Playa núm. 75, Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

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Vista la propuesta formulada por el Servicio General del Patrimonio Histórico,

Esta Dirección General ha acordado,

1º. Tener por incoado expediente de declaración de Monumento, como Bien de Interés Cultural, a favor del Inmueble del Marqués de Casa-Arizón, situado en C/ Banda de la Playa, nº 75 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), cuya descripción figura como anexo a la presente disposición. Con objeto de mantener un entorno homogéneo con dicho Inmueble, se ha delimitado la zona afectada por esta incoación, cuyos límites figuran en el anexo a la presente disposición.

2º. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3º. Hacer saber al Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe proceder a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso autorización previa de esta Dirección General.

4º. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y el BOE, abriéndose, cuando esté completo el expediente, un período de información pública.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 2 de febrero de 1989.- El Director General, José Guirao Cabrera.

DESCRIPCION DEL INMUEBLE DEL MARQUES DE CASA-ARIZON EN SANLUCAR DE BARRAMEDA.

Edificado entre el último tercio del siglo XVII y la primera mitad del XVIII, el origen histórico del inmueble aparece íntimamente ligado a la familia de los Arizón, pertenecientes a la burguesía comercial catalana que, a principios del XVIII, se instaló en Sanlúcar de Barrameda para ejercer el comercio con las Indias.

El inmueble constituye el único conjunto urbano de la ciudad que contiene y conserva, tipológicamente, todos los elementos propios que configuraron las típicas casas de los cargadores de Indias y que, en líneas generales, responden a una doble funcionalidad: residencia familiar y almacenaje. Arquitectónicamente, la Casa Arizón, se conjuga mediante una superposición de elementos, los cuales no responden a una unidad arquitectónica homogénea, sino que fueron el resultado de sucesivas ampliaciones, transformaciones y agregaciones, realizadas con el transcurso del tiempo, y que se traducen, entre otros, en la existencia de dos viviendas familiares y numerosos patios interiores, alamcenajes y bodegas.

De autor desconocido debió de ser el s. XVIII cuando se edificaron o al menos rehabilitaron en estilo barroco, las zonas más documentales del conjunto arquitectónico.

Dicho inmueble carece de bienes inmuebles ligados consustancialmente a su hitoria.

DELIMITACION DE LA ZONA AFECTADA.

Partiendo de la embocadura de la calle Banda de la Playa situada en la Plaza del Arroyo de San Juan el trazado comienza en la fachada de esta calle contraria a la del inmueble hasta alcanzar el enfrentamiento con su medianera occidental, la cual recorre hasta volver en el Arroyo de San Juan por el frente de casas de la propia manzana por quedar unido en la referida desembocadura de la calle Banda de la Playa, afectando en todas las casas a las fincas cuyas fachadas dan al entorno descrito así como a los espacios urbanos que en el mismo se incluyen.

Las fincas afectadas son:

Calle Banda de la Playa, 56, 60, 62, 64, 66, 69, 91, 73, 75, 77, 79, 81. Calle Divina Pastora, 1, 2, 3A, 3B, 3C, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13,

14, 15, 17 y 19.

Plaza del Arroyo de San Juan, 3, 5, 7-9.

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