Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 7/3/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 7 de febrero de 1989, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 1003/86 interpuesto contra esta Consejería por don Ramón de Pablos Ortega.

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En el recurso contencioso-administrativo número 1003/86 interpuesto por don Ramón de Pablos Ortega, sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Excma. Audiencia Territorial de Granada ha dictado sentencia con fecha 12 de diciembre de 1988, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

"Fallamos: Desestima la causa de inadmisibilidad aducida por la defensa de la Administración y se declara la inadmisibilidad por su interposición fuera del plazo establecido del recurso contencioso administrativo que interpuso el Procurador D. Enrique Alameda Ureña en la representación acreditada por D. Ramón de Pablos Ortega contra la Resolución de 5 de agosto de 1985, notificada el 26 de septiembre del mismo año, de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, desetimatoria de la alzada deducida contra la de 11 de marzo de 1986 de la Vicenconsejería de Salud y Consumo de la referida Junta, recaída en expediente disciplinario n? 8183/84; sin expresa imposición de costas".

En su virtud esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 7 de febrero de 1989

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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