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En el recurso contencioso-administrativo número 2660/88 DF, interpuesto por Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos Sanitarios (C.E.M.S.A.T.S.E.) contra la Orden de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de 21 de junio de 1988, por la que se regula el procedimiento de redistribución y concurso de traslado del personal sanitario de los Equipos Básicos de Atención Primaria en Andalucía, se ha dictado Sentencia firme por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha 22 de diciembre de 1988. En su virtud y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, esta Consejería ha dispuesto la publicación para general concimiento y cumplimiento en sus propios términos de la citada Sentencia , cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto al amparo de la Ley 62/78 contra la Orden de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, por la que se regula el procedimiento de redistribución y concurso de traslado del personal sanitario de los equipos básicos de atención primaria en esta Comunidad Autónoma, imponiendo las costas a la actora".
Sevilla, 20 de febrero de 1989
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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