Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 31/3/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 15 de marzo de 1989, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Cádiz con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER 1988.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, de conformidad con el Decreto 217/1988, de 24 de mayo, por la que se regula la conseción de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1988 contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido en el art.4º del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y, entre la Junta de Andalucía y la Excma.Diputación Provincial de Cádiz.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones y acuerdos pertinente, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 217/1988, de 24 de mayo. En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art.6º, del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.44.4 , de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO:

1º. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma.Diputación Provincial de Cádiz, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indica seguidamente: Corporacion Aportación Subv.Diput. Capital Local INEN Materiales Sub. J.A.

------------- ------------ ------------ ---------- ALCALA DE LOS GAZULES 25.961.856 6.708.783 5.210.041. ALCALA DEL VALLE 70.558.789 35.270.450 27.391.032. ALGAR 10.829.265 5.295.858 4.112.763. ALGODONALES 58.302.128 13.481.435 10.469.682. ARCOS DE LA FRONTERA 87.140.282 35.997.475 27.955.639. BARBATE DE FRANCO 20.365.254 10.000.000 7.766.000. BARRIOS, LOS 10.295.953 4.294.676 3.335.245. BENAOCAZ 6.009.809 2.991.341 2.323.075. BORNOS 28.151.199 13.697.266 10.637.297. BOSQUE,EL 9.746.173 3.971.905 3.084.581. CASTELAR DE LA FRA. 6.006.953 2.995.538 2.326.335. CONIL DE LA FRONTERA 2.188.629 1.094.315 849.845. CHICLANA DE LA FRA. 31.643.481 15.740.049 12.223.722. CHIPIONA 31.712.562 15.856.280 12.313.987. ESPERA 50.837.550 21.244.078 16.498.151. GASTOR,EL 38.078.529 18.948.423 14.715.345. GRAZALEMA 15.696.892 5.921.058 4.598.294. JEREZ DE LA FRONTERA 57.688.215 15.913.266 12.358.242. JIMENA DE LA FRONTERA 14.849.730 7.405.612 5.751.198. MEDINA SIDONIA 39.617.895 19.676.962 15.281.129. OLVERA 74.058.198 36.466.605 28.319.966. PATERNA DE RIVERA 28.781.256 13.946.198 10.830.617. PRADO DEL REY 7.800.848 3.900.135 3.028.845. PUERTO DE SANTA MARIA 6.956.933 3.418.149 2.654.535. PUERTO REAL 1.560.895 780.965 606.498. PUERTO SERRANO 61.954.297 29.864.108 23.192.466. ROTA 3.186.156 1.593.078 1.237.184. SANLUCAR DE BARRAMEDA 75.156.359 36.797.299 28.576.782. SETENIL 31.241.293 14.170.416 11.004.745. TARIFA 16.807.541 7.270.186 5.646.027. TORRE ALHAQUIME 24.841.799 10.519.665 8.169.572. TREBUJENA 48.709.605 18.618.098 14.458.815. UBRIQUE 8.979.866 4.489.933 3.486.882. VEJER DE LA FRONTERA 12.053.474 4.957.435 3.849.944. VILLALUENGA DEL R. 3.308.008 1.654.004 1.284.500. VILLAMARTIN 56.846.622 28.423.311 22.073.543. ZAHARA 17.325.302 8.662.279 6.727.126. DIPUTACION 212.122.268 106.060.523 82.366.602.

TOTAL 1.307.371.864 588.097.157 456.716.252

2º. El Crédito concedido a la Excma.Diputación Provincial de Cádiz por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 10,50% más el 0,40% de comisión.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se haga conforme con el art.3º en relación con el 2º y siguiente del Decreto 217/1988, de 24 de mayo, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma.Diputación Provincial de Cádiz y al Banco de Crédito Local de España a los efectos consiguientes.

Sevilla, 15 de marzo de 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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