Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 25/4/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 18 de abril de 1989, por la que se convoca el Festival Andaluz de Jóvenes Aficionados al Flamenco, como actuación en el marco del programa Andalucía Joven.

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La Consejería de Cultura, por iniciativa de la Dirección General de Juventud ofrece a los jóvenes andaluces la posibilidad de promocionarse y realizar sus inquietudes en el campo del Flamenco, en desarrollo de las actuaciones que para 1989 se contemplan en el Programa "Andalucía Joven" en el área de Promoción cultural, Ocio y Tiempo Libre, entre cuyos objetivos incluye fomentar la sensibilidad musical e incentivar la creatividad como forma de expresión artística.

Para alcanzar los objetivos planteados, esta Consejería en cumplimiento del artículo 12 del Decreto 31/1988 de 17 de Febrero y previo informe del Comité Interdepartamental para la Juventud convocada por la presente Orden El Festival de Jóvenes Aficionados al Flamenco, con arreglo a las siguientes BASES:

PRIMERA. PARTICIPANTES

El Festival Andaluz "Los jóvenes y El Flamenco, se dirige a todos los jóvenes andaluces o residentes en Andalucía con edades comprendidas entre los 15 y 30 años, ambos inclusive cumplidos durante el año 1989. Los participantes, ya sean solistas o grupos, no podrán ser profesionales .

SEGUNDA. INSCRIPCION.

Se realizará cumplimentando el Boletín de Inscripción que figura como Anexo I a las presentes Bases y se remitirá a la Delegación Provincial de Cultura de Huelva.

Podrá presentarse en la misma, a través de las demás Delegaciones de la Consejería de Cultura o por cualquier otro de los medios que se establecen en la Ley de Procedimiento Administrativo. El plazo de presentación finaliza a los 60 días naturales contados a partir de la publicación de la presente Orden en el B.O.J.A.

TERCERA. MODALIDADES.

Podrán presentarse a este certamen los intérpretes o grupos, definidos en las siguientes modalidades:

A) Guitarra.

B) Cante.

C)Baile.

CUARTA. DOCUMENTACION Y REQUISITOS.

El Boletín de inscripción se acompañará de la siguiente documentación:

A) Curriculum, (año de fundación, biografías, repertorio, actuaciones, críticas recibidas, etc.).

B) Fotocopia del D.N.I. del intérprete, y en caso de grupos de baile, fotocopia del D.N.I. dl representante y relación de los componentes, especificando la edad e instrumento que toca cada uno.

C) Fotografía reciente del intérprete o grupo.

D) los interpretes que se inscriban en las modalidades de Cante y guitarra deberan presentar una cinta-cassette grabada con la mejor calidad posible conteniendo al menos cuatro temas, de los cuales tres de ellos han de ser palos básicos del Flamenco.

En el caso de inscribirse en la modalidad de Baile, deberán presentar una cinta de Video grabada con la mejor calidad posible, que contenga al menos tres modalidades de baile.

Las cintas, cassettes y vídeos se presentarán sobre cerrado en cuyo exterior se indicará un título o tema elegido por el grupo o interprete.

E) Declaración jurada por parte del ejecutante de cumplir en todo, lo que determina la Ley de Propiedad Intelectual, publicada en el B.O.E., según modelo Anexo II que se incluye en la presente Orden, se exceptúa el supuesto de coincidir autor y ejecutante.

F) Autorización para la reproducción y comunicación pública de sus interpretaciones y ejecuciones según modelo Anexo III que se incluye en esta Orden.

QUINTA.

Ningúnn participante o grupo percibirá por su actuación, como cachet cantidad alguna. La organización pagará los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los solistas o grupos seleccionados. SEXTA. SELECCION DE PARTICIPANTES Y JURADO.

La selección de participantes se realizará conforme a criterios de calidad, por un Jurado nombrado por el Director General de Juventud, y presidido por él mismo o persona en quien delegue, cuatro vocales representados por personas de reconocido prestigio en el campo del Flamenco, y un secretario perteneciente a la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura de Huelva.

El jurado seleccionará de entre los participantes a cuatro intérpretes por cada una de las modalidades (cante, guitarra y baile), los cuales actuarán en la fase final.

El fallo del jurado se hará público y será firme e irrevocable.

SEPTIMA

Los miembros del Jurado percibirán una gratificación en concepto de colaboración, asesoramiento, transporte, manutención y alojamiento siempre que fuere estrictamente necesario.

OCTAVA. FASE FINAL.

La Dirección General de Juventud, proporcionará los medios necesarios para la celebración del festival, en el cual actuarán todos los intérpretes y grupos seleccionados, durante un tiempo máximo de 30 minutos cada uno, y cuyo orden se establecerá previo sorteo.

NOVENA. PREMIOS.

Se otorgarán los siguientes premios por cada una de las modalidades:

1º Premio: 125.000 ptas. en metálico.

2º Premio: 100.000 ptas. en metálico.

Accesits: dos por modalidad de 50.000 ptas. en metálico.

DECIMA

La participación en este convocatoria supone la aceptación de todas las bases.

DISPOSICION FINAL

PRIMERA.

se faculta al Director General de Juventud para fijar la cuantía de las gratificaciones que recibirán los sujetos a que hace referencia la base séptima de la presente Orden, con un máximo de hora valor Jefe de Sección para asesoramiento; y para transporte, manutención y alojamiento , las correspondientes a funcionarios del grupo II, así como para autorizar el pago de dichas gratificaciones.

SEGUNDA.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de abril de 1989

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

Véase ANEXO I

BOLETIN DE INSCRIPCION

Véase ANEXO II

Véase ANEXO III

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