Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 9/5/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 26 de abril de 1989, por la que se aprueban definitivamente las tarifas de aplicación en la explotación de la estación central de autobusesde Sevilla.

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Ilmos. Sres.:

El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla ha tramitado el expediente de aprobación definitiva de las tarifas de aplicación en la explotación de la Estación Central de Autobuses de Sevilla, de conformidad con las facultades concedidas en los artículos 199.b) y 212.28 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes materia de régimen local, siendo el Pleno del mismo, en sesión celebrada el día 19 de septiembre, el que aprobó provisionalmente las tarifas citadas a través de las correspondientes Ordenanzas Fiscales.

Las tarifas que son objeto de aprobación provisional son publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 279, del día 2 de diciembre de 1988, abriéndose el perceptivo período de información pública a que se hacen referencia los artículos 70.2 y 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

Una vez resueltas las reclamaciones presentadas contra dichas Ordenanzas, es nuevamente el Pleno del mencionado Ayuntamiento, en sesión celebrada el 23 de noviembre de 1988, el que ratifica la aprobación de la Estación Central de Autobuses de Sevilla, elevándolas a esta Consejería, con fecha 30 de diciembre, para su aprobación definitiva. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, Reglamento que lo desarrollan, artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio y Decreto 130/1986, de 30 de julio, en virtud de las facultades atribuidas por el Decreto 30/1982, de 22 de abril, en relación con la Ley 16/1987, de 30 de julio, y a propuesta de la Dirección General de Transportes por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Se aprueban definitivamente las tarifas de aplicación en la explotación de la Estación Central de Autobuses de Sevilla que figura como anexo a la presente Orden.

Tales tarifas no podrán ser recargadas con ningún gravamen municipal ni provincial, a tenor de lo establecido en el artículo 135 del Reglamento de Ordenación del Transporte.

Segundo. Las tarifas aprobadas deberán obligatoriamente hallarse expuestas al público para su conocimiento.

Tercero. De conformidad con el artículo 9.2 del Decreto 30/1982, de 22 de abril, contra la presente aprobación de Tarifas podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, como trámite previo y contencioso-administrativo.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que digo a VV.II., para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 26 de abril de 1989

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Dirección General de Transportes y Delegados Provinciales.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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