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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 30 de noviembre de 1988, por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3477/86 promovido por la Empresa Banco Español de Crédito, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que estimando el presente recurso interpuesto por Banco Español de Crédito, S.A., contra resoluciones de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, de 12 de junio y 23 de octubre de 1986, mediante las cuales, respectivamente, la Delegación Provincial de Sevilla impuso y la Dirección General de Trabajo confirmó una sanción de doscientas mil pesetas, debemos declarar y declaramos la nulidad de dichas resoluciones por contrarias al ordenamiento jurídico, sin imposición de costas.
Sevilla 15 de junio de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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