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En el recurso contencioso-administrativo nº 308/86 seguido a instancia de Dª Paulina Aguilar Redel, contra la resolución del Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de
11 de diciembre de 1985 que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la Orden de la propia Consejería de 26 de julio de
1985 que elevó a definitivos los destinos del Concurso de Educación Especial, se ha dictado Sentencia con fecha 15 de diciembre de 1988, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por Dª Paulina Aguilar Redel, contra la resolución del Consejero de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de fecha 11 de diciembre de 1985, desestimatoria del recurso de reposición contra la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 26 de julio de
1985, por ser contrarias a Derecho, anulándolos y declaramos el derecho de la recurrente a que se otorgue la puntuación de 6,007 puntos para concurrir al concurso de educación especial convocado por Orden de 22.3.85 y se le adjudique la plaza vacante en el Colegio Público "Cronista Rey Díaz" de Córdoba.
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 26 de junio de 1989
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Planificación y Centros.
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