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En el recurso contencioso-administrativo nº 1794/85, seguido a instancia de Dª Matilde Silva Moreira, contra la denegación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 15.10.84 de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, se ha dictado sentencia con fecha de 2 de noviembre de 1988, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"FALLO: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª Matilde Silva Moreira contra la resolución de 15.10.84 de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía por la que se elevaron a definitivas las relaciones provisionales de concursantes que obtuvieron plaza en el concurso de méritos entre profesores agregados de bachillerato para acceso al cuerpo de catedráticos del mismo nivel, por estimarla ajustada a dereocho"- Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 3 de julio de 1989
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Personal
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