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En los autos juicio declarativo de menor cuantía núm. 464/89 que se siguen en este Juzgado a instancia de Don Pedro y Doña Patrocinio Torres Calvi, representado por el Procurador Sr. Izquierdo Fernández, contra la Entidad Río Chanza, S.A. y otro por resolución de esta fecha, se ha acordado el emplazamiento del demandado la Compañía Río Chanza, S.A. actualmente en ignorado paradero, para que dentro del término de diez dias, comparezca en los autos, personándose en forma. Y para que sirva de notificación en forma a la demananda, en ignorado paradero, la Compañía Mercantil Río Chanza, S.A. empla- zándole a la vez como se manda a los fines y término acordados, extiendo y firmo el presente en Sevilla, veintiocho de junio de mil novecientos ochenta y nueve. - El Secretario.
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