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Estando prevista la ausencia del Ilmo. Sr. Viceconsejero durante los días 1 al 15 del próximo mes de agosto, así como la del Ilmo. Sr. Secretario General Técnico en el mismo período, es preciso disponer lo necesario para que puedan ser ejercidas las competencias que se delegaron en el primero por la Orden de 15 de junio de 1984 (BOJA núm. 62, de 26 de junio) y en el segundo por la de 1 de julio de 1988 (BOJA núm. 64, de
12 de agosto), para los casos de ausencia o vacante de aquél. Por ello, en el ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo
39.1º de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he resuelto lo siguiente:
1. El Director General de Deportes sustituirá al Viceconsejero en el ejercicio de las competencias delegadas por la Orden de la Consejería de Cultura de 15 de junio de 1984, durante los días 1 al 15 de agosto de
1989, ambos inclusive.
2. En los actos y resoluciones que se acuerden en el ejercicio de esta sustitución se hará constar así expresamente y se considerarán dictados por el Viceconsejero.
Sevilla, 12 de junio de 1989
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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