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Por Orden de 3 de octubre de 1988 de la Consejería de Cultura (BOJA núm. 78 de 7 de octubre de 1988), se convocaron ayudas para la dotación o puesta en funcionamiento de Oficinas Municipales de Información Juvenil en los Ayuntamientos Andaluces.
De conformidad con la Base 5 apartado b) de la citada Orden se precede a dar publicidad a dichas ayudas, una vez resueltas por el Excmo. Sr. Consejero de Cultura.
Apartado 2º.
Los Ayuntamientos Andaluces beneficiarios de las ayudas quedan obligados a justificar las mismas de conformidad con lo establecido en el Decreto
149/1988 de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, capítulo V; sección segunda (BOJA núm. 45 de 10 de junio de 1988).
Sevilla, 28 de junio de 1989.- El Director General, Alfonso Sevillano García.
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