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Ayuntamiento de Arenas del Rey (Granada), en sesión plenaria celebrada el día 29 de julio de 1988 aprobó, con el quórum previsto en el artículo
47.2) b) de la Ley 7/85, de 2 de abril, la iniciación de expediente de constitución en Entidad Local de ámbito inferior al municipio del núcleo de población de Játar encuadrado dentro de su término municipal. Hay que tener en cuenta que dicho núcleo tuvo hasta 1973, fecha de su fusión con el de Arenas del Rey y Fornes la categoría de municipio independiente, conservando en la actualidad abundantes rasgos definitorios de una idiosincracia propia.
Esta circunstancia, unida a la distancia de 5,5 Kms, que le separan del núcleo capitalino, así como una aspiración fuertemente sentida por sus vecinos de autoadministración y descentralización, han impulsado la tramitación del expediente a instancia del propio Ayuntamiento, habiéndose practicado el trámite de información durante 30 días sin haberse presentado reclamación alguna.
De esta suerte, se entiende cumplimentada la normativa reguladora de la creación de este tipo de entidades contenida en la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo
781/86, de 18 de abril, y Real Decreto 1690/86, de 11 de julio. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en relación con el artículo 1.1. del Real Decreto 698/79, sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Administración Local y los artículos 42.1.d) del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y 42 d) del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, de 11 de julio de 1986, confieren competencia a la Comunidad Autónoma de Andalucía para la constitución de Entidades de ámbito territorial inferior al municipio. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de julio de
1989
H A R E S U E L T O
1º. Aprobar la constitución del núcleo de Játar, pertenecient al municipio de Arenas del Rey, de la provincia de Granada, como Entidad de ámbito territorial inferior al municipio.
2º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la provincia de Granada.
Sevilla, 11 de julio de 1989
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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