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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 24 de febrero de
1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 646/87 promovido por Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que accediéndose a las pretensiones deducidas por Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M. contra los acuerdos de 6 de octubre de 1986 de la Delegación Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla y de 5 de diciembre siguiente de la Dirección General de Trabajo de la Junta de Andalucía, los anulamos por no estar ajustados a Derecho; sin costas.
Sevilla, 4 de agosto de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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