Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 13/10/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 19 de septiembre de 1989, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, aprobando los planes de inversiones de las sociedades cooperativas andaluzas adjudicatarias de explotaciones en la zona regable Almonte-Marismas (Huelva), y concediendo subvenciones para la realización de dichas inversiones. (Res. Z-12/89).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vistos los informes elaborados por el Servicio de Gestión de Tierras y Explotaciones, de acuerdo con los realizados por la Dirección Provincial de Huelva, sobre el Plan de Inversiones para la realización de las obras de interés agrícola privado recogidas en el artículo 3 del Decreto

2244/1974 de 20 de julio que aprueba la 2a parte del Plan General de Transformación de la Zona Regable de Almonte-Marismas, presentados por las sociedades cooperativas andaluzas concesionarias que se relacionan en el anejo a la presente Resolución, esta Presidencia viene en

R E S O L V E R :

1º. Aprobar los Planes de Inversiones presentados por las 18 cooperativas andaluzas que se relacionan, una vez realizadas las correcciones debidas y la aplicación de los módulos máximos de inversión para cada concepto, estableciéndose el importe global de 490.063.750 ptas.

2º. Conceder a cada una de dichas entidades una subvención equivalente al 30% de la inversión realizada, en aplicación de la Orden de 24 de mayo de 1976 por la que se aprueba la primera parte del Plan de Mejoras Territoriales y Obras de la Zona Regable de Almonte-Marismas y en aplicación de lo establecido en el Artículo 6.1 del Decreto 191/1985 de 28 de agosto, con arreglo al Artículo 147 del Reglamento de Reforma Agraria.

Dichas subvenciones se harán efectivas una vez ejecutada la inversión aprobada de cada cooperativa y previa certificación expedida por la Dirección Provincial del I.A.R.A. en Huelva. No obstante, podrán ser objeto de hasta un máximo de dos certificaciones por unidad de obra a los efectos de percepción de la subvención.

Sevilla, 19 de septiembre de 1989.- El Presidente, Francisco Vázquez Sell.

Descargar PDF