Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 21/10/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 8 de septiembre de 1989, de la Dirección General de Pesca, por la que se ejerce el control de la legalidad previsto en el Decreto 40/1989, de 1 de marzo, contra actos emanados por la Cofradía de Pescadores de Estepona. (Málaga).

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Visto el contenido del Acta de Elección de fecha 29 de julio de 1989 de la Cofradía de Pescadores de Estepona (Málaga), por la cual son elegidos los miembros de los Organos de Gobierno de dicha Entidad y toma de posesión de los mismos, Esta Dirección General, en virtud de las competencias que en esta materia le vienen atribuidas por el Real Decreto

2687/1983 de 21 de septiembre y del Decreto 144/1982 de 3 de noviembre (BOJA núm. 23 del 29.11.82) y teniendo presente lo dispuesto en la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se prorroga los mandatos de los Organos rectores de las Cofradías de Pescadores de la Comunidad Autónoma Andaluza y sus Federaciones, y ejerciendo el control de la legalidad que le viene atribuido por el artículo 1.4 del Decreto 40/1989, de 1 de marzo (BOJA núm. 18 de 4 de marzo),

RESUELVE

No aprobar el contenido de dicha Acta, que quedará, consiguientemente carente de validez y eficacia.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía en el plazo de quince días contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de septiembre de 1989.- El Director General, Fernando González Vila.

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