Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 7/11/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 26 de octubre de 1989, por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia dictada por la sala Tercera del Tribunal Supremo, en el recurso interpuesto por don Patricio y don Manuel Gutiérrez Cano.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilmos. Sres.:

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, dictó Sentencia declarando el derecho que asistía a D. Patricio y D. Manuel Gutiérrez Cano a percibir de la Junta de Andalucía una subvención de 8.200.000 pesetas y no la de 4.100.000 pesetas que se le habían reconocido, por arranque de 82 Has. de viña. Recurrida la Sentencia ante el Tribunal Supremo se ha dictado Sentencia en el recurso núm.

1845/87 que en su parte dispositiva dice así:

Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación promovido por la representación procesal de la Junta de Andalucía contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, de fecha 4 de marzo de 1987, por la que fue parcialmente estimado el recurso número 1758 de 1985, declarando el derecho de los recurrentes a percibir una subvención total, por arranque de viñedo, en fase de producción de 8.200.000 pesetas, sin costas; cuya sentencia confirmamos en su integridad y no hacemos tampoco pronunciamiento especial sobre las costas causadas en esta segunda instancia.

Esta Consejería ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada Sentencia.

Lo que comunicamos a VV.II.

Sevilla, 26 de octubre de 1989

MANUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

Ilmos. Sres. Viceconsejero y Director General de Agricultura Ganadería y Montes.

Descargar PDF