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Ilmos. Sres.:
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de esta Consejería de fecha
3 de marzo de 1989, Capítulo II, reguladora del régimen de concesiones de ayudas a las corporaciones locales, en relación con lo dispuesto en el art. vigésimo segundo de la Ley 10/88, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 1989, esta Consejería ha resuelto conceder subvención a los Ayuntamientos por los importes que se indican:
Uno. Diputación Provincial de Córdoba, por importe de 55.000.000 ptas., para el desarrollo de un programa de apoyo y asistencia técnica a los municipios de la provincia de Córdoba en materia de Planeamiento, Gestión y Disciplina Urbanística.
Dos. Ayuntamiento de Espejo (Córdoba), por importe de 2.400.000 ptas., para la redacción de las Normas Subsidiarias.
Lo que se publica como extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a los efectos de publicidad y a cuantos otros procedan. Lo que comunico a V.V. I.I para su conocimiento.
Sevilla, 18 de octubre de 1989
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico y Director General de Urbanismo.
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