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En los Autos núm. 705/90 seguidos a instancia de Dña. Concepción Linares Medina y tres más, sobre reclamación de cantidad, por el Juzgado de lo Social n. 5 de Sevilla, ha sido dictada sentencia "in voce" con fecha 2 de octubre de 1990, cuyo contenido literal es el siguiente:
Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Concepción Linares Medina, Dña. María José Llort Mas, Dña. Antonia Roque Larios y D. Manuel Ruiz Zamora contra Junta de Andalucía-Consejería de Obras Públicas y Transportes, debo condenar y condeno al organismo demandado a que abone a cada uno de los actores la cantidad de veintiocho mil cuatrocientas cincuenta y una pesetas (28.451 Ptas), más el 10% por recargo de mora".
En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/85 de 1 de julio del Poder Judicial y a tenor de lo preceptuado en los artículos 235 y siguientes del Real Decreto Legislativo 521/90 de 27 de abril que aprueba el Texto Articulado de la Ley de Procedimiento Laboral ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Sevilla, 12 de diciembre de 1990
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Iltmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Jefe del Servicio de Gestión Económica, Jefe del Servicio de Personal.
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