Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 2/2/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 22 de enero de 1990, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Huelva, con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER 1989.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por la Excma. Diputación Provincial de Huelva, de conformidad con el Decreto 148/1989, de 20 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1989, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido por el art. 4º del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales, y entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Huelva.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 148/1989, de 20 de junio.

En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art.

6º del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.º

44.4, de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma.

D I S P O N G O:

1º. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Huelva, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indican seguidamente:

Corporación Aportación Subv. Diput. Capital Local INEM Materiales subvdo. J.A. ====================================================================== BEAS 2.434.605 1.217.302 945.357 BONARES 3.732.978 1.866.489 1.449.515 CABEZAS RUBIAS 3.960.000 1.564.000 1.214.602 CALAÑAS 2.746.935 1.103.065 856.640 CAÑAVERAL DE LEON 7.800.000 2.426.000 1.884.032 CHUCENA 2.845.000 1.422.500 1.104.714 ENCINASOLA 10.085.120 3.135.200 2.434.796 ESCACENA DEL CAMPO 1.899.911 865.919 672.473 GALAROZA 3.300.000 1.537.500 1.194.023 GRANADA DE RIOTINTO, LA 1.268.878 625.000 485.375 HINOJALES 3.891.300 1.400.000 1.087.240 HINOJOS 1.401.600 700.800 544.241 MANZANILLA 5.112.876 2.556.438 1985.330 NERVA 5.544.784 2.772.392 2.153.040 PAYMOGO 7.926.552 3.480.168 2.702.698 ROCIANA DEL CONDADO 3.856.893 1928.447 1.497.632 ROSAL DE LA FRONTERA 3.095.400 1.547.700 1.201.944 SAN BARTOLOME DE LA TORRE 5.630.996 1.433.704 1.113.414 SANTA BARBARA DE CASA 3.500.000 850.000 660.110 VALDELARCO 4.075.380 2.037.690 1.582.470 VILLANUEVA DE LAS CRUCES 294.000 147.000 114.160 DIPUTACION 157.941.353 78.967.676 61.326.297 ------------ ---------- ---------- TOTAL 242.344.581 113.584.990 88.210.103

2º. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Huelva por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77'66% se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 10'50% más el 0'40% de comisión.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conformen con el art. 3º en relación con el 2º y siguientes del Decreto 148/1989, de 20 de junio, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Huelva a al Banco de Crédito Local de España a los efectos consiguientes:

Sevilla, 22 de enero de 1990

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF