Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 20/2/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 12 de febrero de 1990, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada en los recursos contenciosos-administrativos núms. 1094/87, 61/88 y 668/ 88, interpuestos por don Ricardo Rosas Pérez.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 17 de noviembre de

1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en los Recursos Contenciosos-Administrativos núms. 1094/87, 61/88 y 668/88, promovidos por D. Ricardo Rosas Pérez sobre reclamación cuyo pronunciamiento es el siguiente tenor:

FALLO:

1. Se rechaza la causa de inadmisibilidad aducida por la entidad coadyuvante "Compañía Sevillana de Electricidad, S.A.".

2. Se desestiman los recursos contenciosos-administrativos acumulados e interpuestos por la Procuradora Dª María Isabel Olivares López contra la desestimación tácita del recurso de alzada interpuesto por el recurrente ante la Consejería de Fomento y Turismo de la Junta de Andalucía contra la resolución de la Delegación Provincial de Fomento y Turismo de Granada de fecha 15 de octubre de 1986 por la que se autorizaba administrativamente y se aprobaba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica solicitada por la "Compañía Sevillana de Electricidad, S.A.", al propio tiempo que desestimaba la reclamación formulada por el recurrente contra dicha solicitud y se declaraba la utilidad pública de tal instalación (Recurso 1094/87); y contra la desestimación por silencio negativo del recurso de alzada interpuesto ante el mismo Organo citado contra la resolución de la referida Delegación Provincial de fecha 9 de abril de

1987, en la que se ordenaba a la Compañía Sevillana la puesta en servicio del suministro de energía eléctrica autorizada (recurso 61/88); y contra la desestimación tácita del recurso de alzada formulado contra la resolución de la Delegación Provincial de 23 de septiembre de 1987, que concedió autorización a la mencionada Compañía Sevillana en relación con la solicitud por ella efectuada para, con carácter provisional, dar continuidad al servicio de los abonados afectados, mientras se acometían los trabajos anteriormente aprobados según la resolución primeramente impugnada (recurso 668/88); y en consecuencia se confirman las resoluciones impugnadas por ser conformes a Derecho.

Sevilla, 12 de febrero de 1990.- El Secretario General Técnico, Antonio José Millán Villanueva.

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