Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 27/3/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

ACUERDO de 19 de febrero de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se accede a la reversión de los terrenos que ocupa el campo de deportes Francisco Norte de Marbella (Málaga), en favor del Ayuntamiento de la mencionada localidad.

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Por el Ayuntamiento de Marbella (Málaga) fueron cedidos a la Delegación Nacional de Sindicatos F.E.T. y de las J.O.N.S. los terrenos del Campo de Deportes "Francisco Norte" de dicha localidad. Mediante Real Decreto

4163/1982, de 29 de diciembre, se transfieren los terrenos mencionados a la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por Decreto 234/1985, de 23 de octubre, son asignados a la Consejería de Cultura. El Ayuntamiento de Marbella solicita la reversión de los terrenos para, una vez se encuentren debidamente acondicionados, destinarlos a la práctica deportiva, con lo que podría llevarse a cabo el proyecto de Ciudad Deportiva en Las Albarizas.

La Consejería de Cultura informa favorablemente la reversión siempre que se cumplan los condicionamientos que más adelante se relacionarán. En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Planificación, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de febrero de 1990,

ACUERDA:

Primero. Acceder a la reversión de diez mil trescientos metros cuadrados de terreno, ocupados por el Campo de Deportes "Francisco Norte" de Marbella, en favor del Ayuntamiento de esa localidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Segundo. El Ayuntamiento de Marbella deberá, respecto de los terrenos revertidos, mantener el uso deportivo de los mismos, conservando adecuadamente las instalaciones existentes.

Tercero. De la presente reversión se otorgará la correspondiente escritura pública en la que se hará constar formarl declaración relativa a que, con la entrega y recepción del inmueble en la situación en que actualmente se encuentra, el Ayuntamiento de Marbella considera enteramente satisfecho su derecho, sin que tenga que reclamar nada ante la Comunidad Autónoma por ningún concepto derivado o relacionado con la conservación y reversión, y a que serán de su exclusivo cargo todos los gastos derivados de la escritura pública en que la misma se formalice.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Planificación a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites conducentes a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Acuerdo.

Sevilla, 19 de febrero de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

onsejero de Hacienda y Planificación

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