Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 30/3/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

ACUERDO de 20 de marzo de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la celebración de un Convenio entre la Junta de Andalucía y diversas Entidades Financieras operantes en Andalucía, para canalizar financiación privilegiada a la Comunidad Autónoma, Entes Locales y Empresas Andaluzas en 1990.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Convenio que se autoriza por el presente Acuerdo ratifica la política de concertación emprendida por la Junta de Andalucía con las diversas Entidades de Crédito operantes en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.

La cuantía de los fondos comprometidos, el importe de la cuantía destinada a subvenciones y el abanico de Entidades de Crédito que suscriben el Convenio en el presente ejercicio, fija la consolidación de este instrumento de política financiera del Gobierno Andaluz. En el ánimo de aunar oferta y demanda de fondos prestables, se ha efectuado una redistribución del volumen comprometido por parte de los grupos de Entidades de Crédito firmantes. Las condiciones financieras pactadas, se han visto supeditadas a las recomendaciones de limitación en el crecimiento de la concesión de créditos que afecta a las Entidades Financieras. No obstante, la necesidad de seguir manteniendo un crecimiento diferencial sostenido que contribuya al desarrollo económico de nuestra Comunidad Autónoma, obliga al mantenimiento de tasas de inversión elevadas. En este sentido se introduce una nueva línea de financiación puente de las ayudas solicitadas acogiéndose a la Ley de Incentivos Regionales.

Asimismo, se apoya la intervención de las Sociedades de Garantía Recíproca andaluzas como avalistas de las operaciones suscritas al amparo del presente Convenio. Las medidas contempladas a este respecto, tienden a disminuir el coste del aval para el prestatario y a potenciar este instrumento de garantía de las operaciones incluidas en el Convenio. Por tanto, a propuesta del Consejero de Hacienda y Planificación y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de marzo de 1990,

A C U E R D A:

Autorizar la firma de un Convenio entre la Junta de Andalucía y diversas Entidades de Crédito operantes en Andalucía para canalizar recursos financieros a la Comunidad Autónoma, Entes Locales y Empresas Andaluzas, cuyo texto se incluye como Anexo.

Sevilla, 20 de marzo de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

Descargar PDF