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De acuerdo con lo previsto en los artículos 5 y 7 de la Ley 8/1983 de 3 de noviembre, sobre Bibliotecas, en cuanto contemplaba la creación de un Consejo Andaluz de Bibliotecas: desarrollada por el Decreto 84/1986, de 7 de mayo, sobre composición, competencia y funcionamiento del mismo.
D I S P O N G O:
Artículo primero. Nombrar como miembros electos del Consejo andaluz de Bibliotecas, y al amparo del artículo 5 del prectiado Decreto 84/1986, a:
D. Antonio Martín Oñate.
Dª. Cristina Peregrín Pardo.
D. Félix Moya Anegón.
D. Rafael de Cozar.
D. Francisco Argüelles Argüelles.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 26 de enero de 1990
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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