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A efectos de notificación al interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.3º de la Ley de Procedimiento Administrativo, se hace pública la Resolución dictada por el Secretario Gra. para la Administración Pública con fecha 3 de octubre de 1989, cuyo contenido es el siguiente:
"Visto el expediente instruido y tramitado conforme a lo previsto en los artículos 9 y 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y disposiciones complementarias, como consecuencia de la solicitud formulada por D. José Antonio Mure Blesa para compatibilizar su actividad principal como A.T.S. en Servio Especial de Urgencias del S.A.S. de Sevilla, en régimen de jornada a tiempo parcial, con su actividad secundaria como A.T.S. en Hospital Militar de Sevilla, en régimen de jornada ordinaria, y en base a los siguientes Fundamentos Jurídicos:
1º. Que el apartado 2º de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley
53/1984, en relación con el artículo 24º regla 3 del Real Decreto
598/1985, de 30 de abril, sólo permite la compatibilidad de dos actividades públicas sanitarias, cuando ambas son ejercidas en jornada a tiempo parcial.
RESUELVO
Denegar la compatibilidad solicitada para la segunda actividad pública antes descrita.
Interesar de Inspección Gral. de Servicios de la Administración Pública , adopte las medidas oportunas en orden al cese del solicitante en su actividad pública secundaria, de acuerdo con lo establecido por el artículo 20º del Real Decreto 598/1985".
Contra dicha Resolución podrá interponerse Recurso de Reposición previo al Contencioso Administrativo, ante el Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación.
Sevilla, 19 de marzo de 1990.- El Director General, José de Haro Bailón.
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