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A efectos de notificación al interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se hace pública la Resolución dictada por el Secretario General para la Administración Pública con fecha 16 de octubre de 1989, cuyo contenido es el siguiente:
"Visto el expediente instruido y tramitado conforme a lo previsto en los artículos 9 y 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y disposiciones complementarias, como consecuencia de la solicitud formulada por D. Francisco Jorge Cabrera Martínez para compatibilizar su actividad principal de A.T.S. en Hospital Civil del S.A.S. de Málaga, en régimen de jornada ordinaria, con su actividad secundaria de A.T.S. en Hospital Regional "Carlos Haya", también en jornada ordinaria, y en base a los siguientes fundamentos jurídicos;
1º Que el apartado 2º de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley
53/1984, en relación con el artículo 24º regla 3 del Real Decreto
598/1985, de 30 de abril, sólo permite la compatibilidad de dos actividades públicas sanitarias, cuando ambas son ejercidas en jornada a tiempo parcial".
RESUELVO
"Denegar la compatibilidad solicitada para la segunda actividad pública antes descrita.
Interesar de la Consejería de Salud, adopte medidas oportunas en orden al cese del solicitante en su actividad pública secundaria, de acuerdo con lo establecido por el artículo 20º del Real Decreto 598/1985". Contra esta Resolución podrá interponerse Recurso de Resposición previa al Contencioso-Administrativo, ante el Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación.
Sevilla, 19 de marzo de 1990.- El Director General, José de Haro Bailón.
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