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Como continuación de la línea de apoyo al teatro profesional en Andalucía para potenciar las iniciativas de estos profesionales, que cuentan con una probada capacidad artística, pero tienen dificultades en la puesta en escena y representación de sus obras al existir en otras Comunidades una tradición teatral y un número de salas mayor que en Andalucía, por todo ello se hace necesario aminorar tales desigualdades en base a los resultados obtenidos mediante la convocatoria de idéntica índole públicada el año anterior, y siendo éste uno de los capítulos definidos en los programas de ayuda al teatro dentro de la Consejería de Cultura, parece aconsejable su publicación durante el presente año.
Por todo ello, con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, visto el preceptivo informe de la Secretaría General Técnica y de acuerdo con las Leyes de Hacienda Pública y de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y en uso de las facultades que se están conferidas:
DISPONGO:
Artículo 1º.- Se hace pública la convocatoria de ayudas para actuaciones a empresas de compañias de teatros correspondientes al año 1990.
Artículo 2º.- Las ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria
0.19.01.474.03.35B.5 del presente ejercicio económico.
Artículo 3º.- La convocatoria quedará abierta hasta el 30 de Junio de
1990 para aquellas actuaciones que se desarrollen en territorio de la Comunidad Autónoma y el resto de España. Para las actuaciones que se desarrollen en el extranjero. Además del plazo anterior se abrirá un segundo que durará el 1 hasta el 30 de Septiembre de 1990.
Artículo 4º.- La concesión de las ayudas se realizará con arreglo a las bases especificadas a continuación.
Lo que se hace pública para general conocimiento.
Sevilla, 7 de marzo de 1990
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
BASES
AYUDAS PARA ACTUACIONES TEATRALES A EMPRESAS DE COMPA IAS DE TEATRO 1990.
1.- PARTICIPANTES
Podrán participar en esta convocatoria los empresarios individuales y las empresas de compañías teatrales.
A efectos de esta convocatoria se establecen dos tipos de participantes:
a) Las que se realicen funciones en Andalucía y en otros puntos de España, con especial interés por el nivel de emigración de andaluces existente.
b) Las compañías con domicilio social en Andalucía que soliciten ayudas para actuaciones en el extranjero.
2.- OBJETO DE LAS AYUDAS.
2.1.- Los participantes comprendidos en la base 1-a sólo podrán presentar los montajes estranados a partir del 1 de Enero de 1989 hasta el
30 de Junio de 1990. En los proyectos de actuaciones al menos el cincuenta por ciento deben serlo dentro del territorio de esta Comunidad Autónoma.
2.2.- Las compañías comprendidas en el tipo 1-b han de ser invitadas oficialmente por una entidad extranjera. Sólo podrán solicitarse ayudas para actuaciones que se celebren a lo largo del año 1990.
La cuantía de las ayudas se aplicará a gastos de desplazamiento tanto de personas como de material, utilizándose el medio de transporte más adecuado y económico.
3.- SOLICITUDES.
3.1.- Las solicitudes se dirigirán al Director General de Fomento y Promoción Cultural y podrán ser presentadas en el Registro de dicha Dirección General c/ Ximénez de Enciso, 35 -41004 Sevilla, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura o mediante cualquiera de los cauces previstos en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
3.2.- Acompañando las solicitudes, según modelo adjunto, se aportarán los siguientes documentos:
a) Título y autor de la obra.
b) Fotocopia del D.N.I. del solicitante.
c) C.I.F. en caso de personas jurídicas.
d) Escritura de constitución de la empresa.
e) Carta de pago de la licencia fiscal como empresa de compañía teatral.
f) Autorización de la Sociedad General de Autores o de cualquier entidad de gestión capacitada para la representación de la obra según el Art.
132 de la Ley de Propiedad Intelectual o declaración responsable en caso de no generar derechos.
g) Documentos acreditativos del pago de las obligaciones tributarias.
h) Documentos acreditativos de la situación en alta en la Seguridad Social.
i) Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto.
j) Documento que acredite la representatividad legal de la persona física que actúe en nombre de la empresa.
3.3.- Para las actuaciones del tipo 1-a se añadirá a lo anterior los datos siguientes:
* Cuadro artístico y técnico.
* Necesidades técnicas del montaje.
* Cachet del espectáculo y su desglose justificativo.
* Fechas aproximadas de comienzo y finalización de la gira
3.4.- Para las actuaciones comprendidas en la base 1-b se añadirá a los documentos del punto 3.2 el proyecto del viaje con las siguientes concreciones:
* Breve historial del grupo con especificación de sus anteriores actuaciones en el extranjero.
* Cuadros artísticos y técnicos que se desplazan.
* Fechas de comienzo de viajes, actuación y regreso.
Programa oficial del Festival, en su caso.
* Invitación oficial de la Entidad anfitriona dirigida a esta Consejería especificando el nombre del grupo invitado, el espectáculo, la fecha de actuación, así como la aportación económica u otra que dicha Entidad conceda al grupo.
* Presupuesto del viaje realizado por alguna Agencia especializada.
4.- CUANTIA DE LAS AYUDAS
La cuantía de las ayudas para las actuaciones del tipo 1-a estará supeditada a un máximo de veinte actuaciones y hasta un cincuenta por ciento del cachet por actuación.
SELECION Y CONCESION.
5.1. El estudio y selección de las solicitudes presentadas corresponde a Dirección General de Fomento y Promoción Cultural.
5.2. El Director General resolverá la concesión de las ayudas entre los proyectos presentados dentro de cada mes natural.
5.3. Para la concesión de las ayudas y determinación de sus cuantías, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) El interés cultural de la producción.
b) El resultado artística de su puesta en escena.
c) La acogida del público y la crítica.
d) La trayectoría artística de la compañía.
Para las empresas comprendidas en la base 1-b, también se considerarán los criterios siguientes:
e) El prestigio de la entidad extranjera que organiza la actuación.
f) El grado de desplazamiento necesario para asistir al mismo.
6. COMUNICACION Y ACEPTACION.
La resolución de concesión debidamente motivada será comunicada a los interesados con indicación del importe aprobado, si bien éste quedará supeditado a la aceptación definitiva mediante escrito del solicitante que deberá remitir a esta Dirección General en el plano de diez días. En otro caso se entenderá hecha la renuncia.
7. PUBLICACION.
Una vez agotada la convocatoria la relación de todos los beneficarios se publicará en el B.O.J.A. y en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.
8. PAGO.
8.1. Para las actuaciones del tipo 1-a una vez realizada la selección de proyectos y aceptadas por las solicitantes las ayudas concedidas, se tramitará el pago de las mismas, haciéndose efectiva en dos fases: el cincuenta por ciento al alcanzar la mitad de las actuaciones y el resto a su finalización.
Igualmente para cada una de estas dos fases las empresas de compañías aportarán para el cobro de las ayudas los siguientes documentos:
a) Certificaciones de actuación con especificación del cachet abonado por la empresa o institución contratante.
b) Fotocopia compulsadas de recibo de cobro emitido por la empresa o institución contratante.
c) Certificación de estar al día en la cotización de la Seguridad Social de todos los miembros de la compañía declarados en el proyecto.
d) Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarios. Para la segunda fase se presentarán estos documentos antes del día 15 de Diciembre de 1990.
8.2. La tramitación del pago de las ayudas se iniciará a partir del momento en que los beneficiarios comuniquen por escrito la aceptación de aquéllas.a
9. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.
9.1. La participación en la convocatoria implica la aceptación de estas bases, por lo que los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a su cumplimiento.
9.2. Culquier modificación de la actividad objeto de la ayuda será comunicada a la Dirección General pudiendo dar lugar a la revocación de la ayuda en caso de no obtener la conformidad expresa.
9.3. El incumplimientode cualquiera de las dos claúsulas anteriores podrá suponer la devolución de las ayudas en parte o en su totalidad , así como la denegación de otras posteriores.
9.4. En el plazo de un mes desde la percepción de la ayuda los benefeciarios presentarán en la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural los siguientes documentos:
a) Certificado acreditativo de que el importe de las ayudas ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento practicado.
b) Documentación que acredite suficientemente la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se concedió.
c) para las empresas de compañías solicitantes de actuaciones en el extranjero presentarán igualmente un informe de la actividad, certificado de actuación expedido por un responsable de la entidad organizadora y un dóssier de prensa con publicidad y criticas.
d) Para las actuaciones de grupos en Andalucía y resto de España se establece como fecha tope de finalización de actuaciones el 30 de Octubre de 1990.
10. PUBLICIDAD.
En toda la publicidad que se elabore a partir de las actuaciones de que son objeto estas ayudas incluidos cualquier tipo de programas, deberá figurar el siguiente lema: "Con la colaboración de la Consejería de Cultura/Junta de Andalucía".
MODELO DE INSTANCIA
D. ----------------------------------------------------------------------- en representación de -----------------------------------------------de la misma, con C.I.F. nº ------------------------ domicilio social ----------- C.P. --------------------- calle ----------------------------------------- nº -------------------teléfono -----------------------
Cta/cte. nº ------------- en la entidad bancaria -------------------------
------------------------------------sita en ------------------------------ calle ---------------------------------- --------------------------------- EXPONE:
Que de conformidad con lo dispuesto en la orden de 1990 que regula la convocatoria de ayudas para actuaciones a empresas de compañías de teatro para 1990 y creyendo reunir los requisitos exigidos en la misma aporta la documentación pertinante y
SOLICITA:
Le sea concedida una ayuda de ptas.
para las actuaciones de la compañía con el espectáculo------------------
-------------------------------------------------------------------------- En a de de 1990
Fdo.:
Ilmo. Sr. Director General de Fomento y Promoción Cultural. Consejería de Cultura, Junta de Andalucía.
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