Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 12/1/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 22 de diciembre de 1989, por la que se reconoce, clasifica y dispone la inscripción en el registro de fundaciones privadas de carácter cultural y artístico, asociaciones y entidades análogas de Andalucía de la Fundación Cultural Privada de la denominada Tarte os.

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Vista la solicitud presentada por D. Ignacio Vázquez Parlades de orden al reconocimiento por esta Consejería del interés público de la Fundación arriba mencionada y su calificación de Fundación Cultural Privada, se resuelve con la decisión que figura al final a la que sirven de motivación los hechos y fundamentos jurídicos detallados seguidamente:

H E C H O S :

Con fecha 24 de mayo de 1989 y ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla D. José Casado Alcalá, se procede al otorgamiento de la Escritura de Constitución de la Fundación Cultural denominada "Tartessos" que queda registrada con el núm. 2.000 de su Protocolo. En ella se recoge la voluntad de los fundadores de constituir una Fundación Cultural de carácter privado y en la que consta la aportación como dotación inicial de la Fundación la cantidad de ciento diez mil pesetas (110.000 ptas.).

Asimismo, se designan los cinco miembros que han de constituir su Patronato y se deja constancia de la aceptación por los mismos de sus responsabilidades como tales.

Se adjunta los Estatutos de la Fundación aprobados por el Patronato donde constan como es reglamentario su denominación, fines y objetivos de desarrollo de actividades Culturales, fomentando y promoviendo todo tipo de estudio, investigaciones y actividades de carácter Científico y Cultural de interés social, su domicilio en la c/ Teodosio nº 60, los órganos de Gobierno de la Fundación y sus atribuciones. En escritura de rectificación de algunos artículos de los Estatutos representada en el Registro de Fundaciones otorgados por D. Ignacio Vázquez Parlade en nombre y representación de la Fundación "Tartessos" ante el Notario D. José Casado Alcalá el 25 de septiembre de 1989, registrada con el número tres mil trescientos treinta y cinco de su protocolo se establece su condición de Fundación Promoción y Servicios, reglas para la determinación de los beneficiarios, sistema de competencias delegada, domicilio de la Fundación, etc. Se presenta igualmente Programa de Actividades y actuaciones en cumplimiento de los artículos 22 y 23 del reglamento de Fundaciones y Presupuesto actualizado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Cumplidas fundamentalmente las exigencias establecidas en el artículo 1º del Reglamento de Fundaciones aprobado por Decreto 2930/72 de 21 de julio, establecido como norma supletoria en la disposición transitoria segunda del Decreto 89/85 de 2 de mayo, por el que se crea el Registro de las Fundaciones Privadas de carácter Cultural y artístico, Asociaciones y Entidades análogas de Andalucía, que las define como patrimonios autónomos destinados primordialmente a actividades Culturales, sin ánimo de lucro. Establecidos por Carta Fundacional los requisitos que reglamenta el artículo 7 de la Orden de 3 de julio de 1985 por lo que se regula el funcionamiento del Registro de las Fundaciones Privadas de carácter Cultural y Artístico, Asociaciones y Entidades Análogas de Andalucía, referidas a los datos personales de los fundadores la expresión de su voluntad fundacional, la dotación inicial de la Fundación y Organos representativos de la misma.

Articulados en sus Estatutos las exigencias de artículo 8 de la referida Orden de 3 de julio en cuanto a su denominación, objeto, domicilio, reglas para la aplicación y determinación de los beneficiarios, así como para la elección y atribuciones de sus órganos directores. Establecidas en la misma Orden de 3 de julio de 1985, en su artículo

10.2 y en el Reglamento de Fundaciones, aprobado por Decreto 2930/72 de 21 de julio en su artículo 85.1 las competencias, en la resolución del expediente del Consejero de Cultura.

A propuesta de la Asesoría Técnica de Fundaciones, previo informe favorable de la Asesoría Jurídica de la Consejería y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y las normas de general aplicación, así como lo previsto en la Disposición Transitoria de la Ley

6/83 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

H E R E S U E L T O :

1. Reconocer el carácter Cultural de interés General de la Fundación Tartessos.

2. Clasificarla como Fundación de Financiación, Promoción y Servicios.

3. Encomendar su representación y Gobierno al Patronato de la Fundación en los términos expresados en su Carta Fundacional y Estatutos.

4. Ordenar su inscripción en la Sección 1a del Registro de Fundaciones Privadas de carácter Cultural y Artístico, Asociaciones y Entidades Análogas de Andalucía.

Sevilla, 22 de diciembre de 1989

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

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