Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 17/4/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 30 de marzo de 1990, de la Delegación Provincial de Granada autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto de utlidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas Elécticas Aéreas de Alta Tensión de 28.11.68 de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de

11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de

2.12.81), sobre distribución de tales competencias.

Esta Delegación Provincial ha resuelto Autorizar Administrativamente, y Aprobar el Proyecto de Ejecución de la siguiente instalación eléctrica: Peticionario: Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.A. Domicilio: Granada - San Isidro nº 4 -1º.

LINEA ELECTRICA

Origen: Apoyo F.L. de la línea Chauchina-Láchar. Final: Centro de saccionamiento.

Términos municipales afectados: Láchar.

Tipo: Aérea.

Longuitud en Km.: 0,829.

Tensión de servicio: 20 Kv.

Conductores: Al. Ac. de 54,6 mm.

Apoyos: metálicos.

Aisladores: cadena 2 elementos.

Potencia a transportar: 200 Kva.

Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 2.779.550 pesetas.

Finalidad: Mejorar el servicio de distribucción de energía eléctrica en la zona (Planer 87).

Referencia: 4373/A.T.

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspecció y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la Utilidad Pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.

Granada, 30 de marzo de 1990.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.

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