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Iltmos. Sres.:
En el recurso contencioso-administrativo núm. 520/87 seguido a instancia de don Francisco Montoza López contra Resolución de 16.2.87 de la Dirección General de Transportes, confirmando en alzada la resolución de la Delegación Provincial de Granada de 28.7.86, dando de baja la autorización de Transporte del coche GR-3577-K, ha sido dictada sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, con fecha 15 de junio de 1989 en cuya parte dispositiva, literalmente, dice: Fallo: "Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Sofía Morcillo Casado, en nombre y representación de don Francisco Montoza López, contra la resolución de la Dirección General de Transporte de la Consejería de obras Públicas y Transporte de la Junta de Andalucía, que en alzada, confirmaba la de 28 de julio de
1986, de la Delegación Provincial de Granada de dicha Consejería, por la que se daba de baja la autorización de transporte, serie V.T. del vehículo propiedad del recurrente; anular el referido acto por no estimarse ajustarse al ordenamiento jurídico". En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la constitución, 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y a tenor de lo preceptuado en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referieda Sentencia.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 10 de abril de 1990
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Transportes, Delegado Provicial en Granada.
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