Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 4/5/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Planificación

ORDEN de 30 de abril de 1990, por la que se fijan las cantidades actualizadas de las subvenciones por gastos electorales y el límite de los mismos, para las Elecciones al Parlamento de Andalucía a celebrar el día 23 de junio de 1990.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Convocadas elecciones al Parlamento de Andalucía por Decreto del Presidente 122/1990, de 29 de abril, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.4 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía , procede actualizar, en el plazo establecido en dicha Ley, las cantidades de las subvenciones por gastos electorales y el límite de los mismos. En su virtud, y en uso de las facultades que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Las cantidades para subvenciones por gastos electorales, establecidas en el número 1 del artículo 45 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, quedan actualizadas como a continuación se indica:

a) Por cada escaño obtenido, 1.863.750 pesetas.

b) Por voto conseguido por cada candidatura que haya obtenido al menos un escaño, 75 pesetas.

2. El límite de los gastos electorales en pesetas, por cada partido, federación, coalición o agrupación de electores, será la cantidad que resulte de multiplicar por cincuenta el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de la circunscripción donde aquéllos presenten sus candidaturas.

En consecuencia y teniendo en cuenta la población de derecho al 1 de abril de 1986, los límites correspondientes a cada una de las provincias que integran la Comunidad Autónoma de Andalucía, serán los siguientes:

Almería .......................................22.116.200 ptas. Cádiz .........................................52.224.650 ptas. Córdoba .......................................37.375.250 ptas. Granada ........................................39.163.250 ptas. Huelva .........................................21.699.750 ptas. Jaén ..........................................32.342.450 ptas. Málaga ........................................57.521.700 ptas. Sevilla ........................................77.045.350 ptas.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de abril de 1990

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

Descargar PDF