Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 8/5/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 17 de abril de 1990, por la que se acuerda dar publicidad a la subvención concedida a la Mancomunidad de Aguas del Condado (Huelva).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

A la vista del expediente instruido por la Dirección General de Obras Hidráulicas a solicitud de la Mancomunidad de Aguas del Condado, en el que consta, entre otros extremos, la necesidad de financiar a la citada Mancomunidad para llevar a cabo las reparaciones necesarias producidas tras las roturas en las conducciones de abastecimiento provocadas por las inundaciones sobrevenidas en diciembre del pasado año, acreditada la insuficiencia de recursos de la Mancomunidad y la urgencia de la actuacion, de acuerdo con lo establecido en el artículo decimotercero apartado tercero de la Ley 2/1990 de 2 de febrero del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990, en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 10.b) de la Ley General 5/1983 de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Conceder una subvención de 57.612.841 ptas. a la Mancomunidad de Aguas del Condado (Huelva), con la finalidad de financiar la ejecución de las obras de "Reparación de la traída general y tramo de conducción alternativa por el abastecimiento de agua a Almonte, Bollullos y Rociana del Condado".

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior. Su imcumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: La subvención se hará efectiva mediante un primer libramieento sin previa justificación, por importe del 20 por ciento de la cuantía expresada en el punto primero.

Los libramientos sucesivos, hasta un 90 por ciento de la cuntía reseñada, se harán efectivos previa presentación en la Delegación Provincial de esta Consejería de las certificaciones de obra ejecutada, expedidas por el Director de las Obras y aprobadas por la Corporación Municipal, abonándose el diez por ciento restante una vez haya sido certificada la ejecución de la totalidad de la obra.

En todos los casos, en el plazo de 15 días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Ayuntamiento certificación de la Intervención según lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía (Decreto 149/88, de 5 de abril, BOJA núm. 45 de 10 de junio), en relación con el artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto:Deberá colocar en obra las correspondientes vallas de información (carteles) que reflejen la colaboración de la Junta de Andalucía en la financiación de las obras.

Quinto: La Consejería de Obras Públicas y Transportes podrá requerir la documentación que considere necesaria, a fin de comprobar la efectiva realización de la inversión y su adecuación a la finalidad para la que se otorga esta subvención.

Sexto; La presente Orden se hará pública en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento. Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento, notificación a la Mancomunidad de Aguas del Condado y demás efectos.

Sevilla, 17 de abril de 1990

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Obras Hidráulicas y Delegado Provincial de Jaén.

Descargar PDF