Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 11/5/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de abril de 1990, por la que se prorrogan las becas de Formación de Personal Docente e Investigador en departamentos que impartan docencia en las Facultades de Derecho de las Universidades de Andalucía.

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Concluyendo el tercer período de disfrute de las Becas de Formación de Personal docente e investigador en Departamentos que impartan docencia en las Facultades de Derecho de las Universidades de Andalucía, correspondientes a la Convocatoria de 1986 (Resolución de 25 de abril de

1989, BOJA de 12 de mayo de 1989), esta Consejería de Educación y Ciencia

HA DISPUESTO:

Primero: Prorrogar el disfrute de las Becas a los beneficiarios que figura en el anexo adjunto, hasta el 28 de febrero de 1991.

Segundo: La dotación de estas Becas, con una duración de 12 meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación mensual de 84.000 pesetas.

2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y aistencia médica.

3. Ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento donde el beneficiario realice sus investigaciones. La percepción de la Beca será incompatible con cualquier otra retribución beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero: Los becarios están obligados a:

a. Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleve a cabo la investigación.

b. Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual con el estado de la investigación, en la que deberá consta la conformidad del Director del Proyecto de Investigación. c. Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigacion una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto .

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de las ayudas concedicas.

Sevilla, 5 de abril de 1990

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO

Universidad de Córdoba.

Navarro Nieto, Federico 30.484.503

Universidad de Granada.

Frías Linares, Mercedes 24.297.324.

Pallarés Ayala, José Manuel 24.181.556.

Universidad de Málaga.

Molina Caballero, M. Jesús 25.056.099.

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