Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 12/6/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Servicios Sociales

DECRETO 154/1990, de 22 de mayo, por el que se exime a las entidades y centros de servicios sociales que hayan solicitado ayudas al amparo de la Orden de 30 de enero de 1990, del cumplimiento , durante el presente ejercicio, del art. 14 del Decreto 94/1989.

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El cuantioso número de centros, servicios y entidades de servicios sociales existentes en la Comounidad Autónoma de Andalucía, así como la complejidad que para muchos de ellos suponía cumplimentar los requisitos exigidos por el Decreto 94/1989, aconsejó prolongar el período de presentación de solicitudes al Registro hasta el 20 de febrero de 1990, mediante el Decreto 238/1989, de 30 de noviembre. Dado que, con anterioridad al cumplimiento de dicha fecha, fue abierto el período de solicitud de ayudas públicas en materia de Servicios Sociales , convocatoria realizada por la Orden de 30 de enero de 1990, ocurre que muchas de las instancias presentadas no pudieron ajustarse a lo exigido por el Decreto 94/1989, de 3 de mayo.

Los perjuicios que tal solapamiento de fechas puede ocasionar a los centros y entidades solicitantes de ayudas hacen aconsejable se les eximo en el presente ejercicio de 1990, de forma transitoria, del cumplimiento del artículo 14 del citado Decreto. En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y Servicios Sociales y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en reunión celebrada el día 22 de mayo de 1990.

DISPONGO:

Artículo único. Los Centros, Servicios y Entidades de Servicios Sociales que hayan solicitado ayudas públicas al amparo de la Orden de 30 de enero de 1990 quedan eximidos, durante el presente ejercicio de 1990, para la concesión de tales subvenciones, del cumplimiento del requisito de inscripción previa en el Registro, exigido por el artículo 14 del Decreto 94/1989, de 3 de mayo.

Sevilla, 22 de mayo de 1990.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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