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Iltmos. Sres.:
En el recurso contencioso-administrativo núm. 14.871 seguido a instancia D. Alvaro Vázquez-Armero Durán y otros contra la desestimación presenta de la petición de retrasación o revisión del justiprecio señalado a la finaca núm. 27 del Actur de "La Cartuja" de Sevilla, ha sido dictada sentencia por la Audiencia Nacional, con fecha 16 de mayo de 1987, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
Fallamos: "Que estimando, como estimamos el Recurso Contencioso- Administrativo interpuesto por D. Alvaro Vázquez-Armero Durán, Dña. María del Rosario Vázquez-Amero Durán, D. Francisco Javier Vázquez- Armero Durán, representados por el Procurador D. Luciano Rosch Nadal, con asistencia letrada, contra la desestimación presunta de su petición de que se proceda a la retrasación o a la revisión del justiprecio señalado a la finca nº 27 del Polígono de la Actur de "La Cartuja" (Sevilla), debemos declarar y declaramos que aquel acto no se ajusta a Derecho y en consecuencia lo anulamos solamente en lo relativo al derecho (que declaramos) de los recurrentes a que la Administración proceda a revisar el justiprecio hasta el momento de su pato (22 de julio de 1975); y declaramos en cambio que el acto recurrido se ajusta a Derecho en todo lo demás".
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en el art. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial y a tenor de lo preceptuado en los arts. 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia. Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y demás efectos.
Sevilla, 20 de junio de 1990
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Iltmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Urbanismo, Delegado Provincial en Sevilla.
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