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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 21 de mayo de 1990, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 329/89 promovido por Hoteles Agrupados, S.A. "Hotel Las Palomas", sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Hoteles Agrupados, S.A. Hotel Las Palomas, frente a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, procede dejar sin efecto la sanción impuesta por esta entidad recurrente por no ser conforme a derecho; sin hacer especial declaración en cuanto a las costas.
Sevilla, 3 de julio de 1990.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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