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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de noviembre de
1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3858/87 promovido por Banco Español de Crédito, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que no ha lugar a estimar el recurso presentado por el Procurador Sr. Escribano de la Puerta en representación del Banco Español de Crédito, S.A., contra la resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 2 de noviembre de 1987 desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la resolución de la Delegación Provincial de Sevilla de 23 de septiembre de 1987, por ser ajustadas dichas resoluciones al ordrenamiento jurídico. Sin costas.
Sevilla, 3 de julio de 1990.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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