Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 17/7/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de julio de 1990, por la que se prorrogan las becas de formación de personal investigador en los Centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas ubicados en la Comunidad Autónoma Andaluza.

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Concluyendo el tercer período de disfrute de las Becas de Formación de Personal Investigador en los Centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas ubicados en los Comunidad Autónoma Andaluza, correspondiente a la Convocatoria 1987 (Orden de 6 de mayo de 1987, BOJA

45, de 26 de mayo), esta Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto:

Primero: Prorrogar el disfrute de las Becas a los beneficiarios que figuran en el anexo adjunto, hasta 30 de junio de 1991

Segundo: La dotación de estas Becas, con una duración de 12 meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación mensual de 84.000 ptas.

2. Un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

3. Ayuda complementaria de 10.000 ptas. mensuales para el Departamento donde el beneficiario realice sus investigaciones. La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los becarios están obligados a:

a. Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Centro en que se lleve a cabo la investigación.

b. Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual con el estado de la investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto de Investigación. c. Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto.

La no observancia de estas normas supondrá la anulación de las ayudas concedidas.

Sevilla, 10 de julio de 1990

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia, en funciones

ANEXO QUE SE CITA

Nombre y apellidos D.N.I.

Esperanza Campos Fernández Figares 29.151.168 M. Angeles Carreras Gómez 24.188.279

Paloma Cuartas Alvarez 9.360.279

Braulio Luis Flores Morón 29.750.978

Inmaculada García Romera 24.195.562

Juan José Garrido Pavón 30.475.648

M. Dolores Guardiola González 24.174.089

M. Carmen Salamanca Ballesteros 24.188.184

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