Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 24/7/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 17 de julio de 1990, por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia núm. 200; dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Sevilla, con fecha 19 de mayo de 1990, en Autos núm. 3 24/90, seguidos a instancia de doña Dolores Pancorbo Cárdenas y otro, aclarada por Auto del mismo Juzgado de fecha 7 de junio de 1990.

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Ilmos. Sres.:

Habiéndose dictado por el Juzgado de lo Social núm. Dos de Sevilla la sentencia nº 200 de fecha 19 de mayo de 1990, en la demanda interpuesta por D. Dolores Pancorbo Cárdenas y D. Ildefonso Márquez Pascual, auto aclaratorio de fecha 7 de junio de 1990, quedando la parte dispositiva así:

"Fallo: Con estimación de la demanda formulada por Dolores Pancorbo Cárdenas e Ildefonso Márquez Pascual frente a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a cada uno de los actores la cantidad de doscientas cinco mil trescientas ochenta y dos pesetas. Notifíquese la presente resolución a las partes mediante entrega de copia simple de la misma, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno".

Esta Consejería, a los efectos del artículo 26.3 de la Ley 5/1983, de

19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad autónoma de Andalucía, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Lo que comunicio a VV.II.

Sevilla, 17 de julio de 1990

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca, en funciones

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Director General Técnico y Delegado Provincial de Sevilla.

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