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Vistos los nuevos expedientes y las correspondientes propuestas de las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia y teniendo en cuenta que se justifica la necesidad de variar la composición actual de los Centros Públicos de Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial para el Curso 1990/91.
Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Primero: La composición legal de los Centros que se relacionan en los Anexos de la Presente Orden queda establecida de acuerdo con lo que se recoge en el mismo.
Segundo: La composición legal de estos Centros tendrá los mismos efectos jurídicos y administrativos que se establecían en la Orden de 11 de junio de 1990, por la que se modificaban Centros Públicos de Educación Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sevilla, 5 de julio de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia, en funciones
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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