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Los Municipios de Alanís y San Nicolas del Puerto, ambos de la provincia de Sevilla, acordaron proceder a la constitución de una agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría en las sesiones plenarias celebradas por sus respectivos Ayuntamientos los días
15 de abril y 7 de junio de 1985.
Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781
87, de 18 de abril, 10 del Real Decreto 1174/87 de
18 de septiembre, y demás normativa aplicable. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía en relación con el Decreto 14/84 de 28 de enero, confiere competencias a esta Consejería en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Artículo Unico: Se acuerda la agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría entre los municipios de Alanís y San Nicolás del Puerto, ambos de la provincia de Sevilla.
Sevilla, 23 de julio de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación, en funciones
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