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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781
86, de 18 de abril, artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de
1986, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio de Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la enejenación mediante subasta pública, del edificio denominado "Antigua Casa Consistorial", de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Arboleas (Almería), para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día
26 de abril de 1990, y cuya descripción es la siguiente: Finca urbana (edificio "Antigua Casa Consistorial") situada en la Plaza de la Constitución núm. 11, con una superficie aproximada de 115 m2., con planta baja más alta, incluido el patio. Linda: Derecha, Francisco Mellado Parra; Izquierda, Diego López García; Fondo, José M. García Rodríguez; Frente, Plaza de la Constitución. La valoración es de 2.500.000 ptas.
Sevilla, 23 de julio de 1990
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación, en funciones
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