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Durante los tres últimos años, esta Consejería de Educación y Ciencia ha venido convocando a las Corporaciones Locales con las cuales tiene suscritos convenios para el desarrollo de la Educación de Adultos, a solicitar subvenciones económicas que, unidas a las aportaciones municipales de acuerdo con el convenio suscrito, posibiliten la adquisición de equipamiento y rehabilitación de los edificios. Para dar cumplimiento a la Orden de 12 de febrero de 1990 (BOJA núm. 22 de 13 de marzo), estudiados los informes emitidos por las Delegaciones Provinciales , y en función de las disponibilidades presupuestarias, esta Dirección General, ha resuelto:
1º. Subvencionar a las Corporaciones Locales de Andalucía relacionadas en el Anexo I con las cantidades indicadas en el mismo.
2º. Las referidas cantidades habrán de dedicarse necesariamente al fin indicado en la convocatoria, como parte de la totalidad de la inversión prevista por las Corporaciones Locales.
3º. Una vez concluidas en cada Municipio las obras propuestas y adquirido el equipamiento en su caso, las correspondientes Delegaciones Provinciales librarán, mediante pago en firme, la cantidad asignada en la presente Resolución.
Sevilla, 18 de julio de 1990.- El Director General, Joaquín Risco Acedo.
Véanse Anexos
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