Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 7/8/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 17 de julio de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Córdoba, de los bienes y derechos afectados por las obras contenidas en el proyecto de línea eléctrica de alta tensión para alimentación de la estación depuradora de aguas residuales de dicha localidad.

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El Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 5 de abril de 1990, acordó solicitar de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidos en el Proyecto de Línea Eléctrica de Alta Tensión para alimentación de la Estación Depuradora de aguas residuales de Córdoba, incluido a su vez en el proyecto de construcción de dicha depuradora, aprobado por Resolución del Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de fecha 12 de febrero de 1988. El proyecto citado, se presenta como una obra auxiliar y tiene como misión suministrar la energía eléctrica necesaria para la puesta en marcha y funcionamiento de la Estación Depuradora, entendiéndose implícito el requisito previo de la declaración de utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, acordando la Corporación iniciar el expediente expropiatorio de los terrenos afectados por las obras, en sesión celebrada el día 11 de enero de 1990, figurando como beneficiaria la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, S.A. (EMACSA). La urgencia viene motivada por la apremiante necesidad de poner en marcha la citada Estación Depuradora en atención al elevado grado de contaminación fecal que padece el río Guadalquivir a su paso por la ciudad de Córdoba, y el peligro que ello representa para la salud pública, así como el deterioro que acarrean al ecosistema del río los vertidos que en la actualidad se vienen realizando, con absoluto incumplimiento de la normativa contenida en las Directivas de la Comunidad Económica Europea en los aspectos referentes a potabilidad, fines recreativos y condiciones mínimas de vida, situación que demanda una pronta actuación en salvaguardo de los intereses públicos. Por la Corporación se ha identificado plenamente el bien que ha de ser objeto de ocupación y practicada la correspondiente información pública, mediante inserción del correspondiente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 44 de fecha 22 de febrero de

1990 y anuncio en el Diario "Córdoba" de 16 de febrero de 1990, habiendo sido presentadas las siguientes alegaciones: Por D. Gregorio Ruano Moreno , con fecha 26 de febrero de 1990, en la que comunica haber vendido a la Sociedad Anónima Hormigones del Sur (SAHOR), quedando informada a tal respecto la Corporación; por la entidad EMACSA., comunicando que Dña Pilar Pacheco López de Morla ha transmitido la propiedad a D. José Cabello Calzado, resuelta en igual sentido que la anterior; por Dña Carmen y D. Rafael Guzmán Moreno y D. Francisco Padura Rodríguez, este último en nombre de Sociedad Anónima Hormigones del Sur (SAHOR), desestimadas ambas alegaciones por tratarse de cuestiones a dilucidar en el levantamiento de las actas previas a la ocupación, según certificación expedida por la Secretaría General del Ayuntamiento de fecha 6 de julio de 1990, que figura en el expediente. Todos estos antecedentes ponen de relieve que por parte del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de su Ley, así como acreditadas las circunstancias que han servido para motivar suficientemente esta declaración. El artículo 13.3 del Estatuo de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno , a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley

6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de julio de 1990.

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de Línea Eléctrica de Alta Tensión para Alimentación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales, de dicha localidad y que a continuación se describen:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Sevilla, 17 de julio de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía, en funciones

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación, en funciones

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