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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 30 de abril de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 901/88 cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallo: "Se desestima el recurso interpuesto por Don Jesús Adolfo Caro Agustín, contra la denegación presunta por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones de 20 de febrero de 1987 que denegó compatibilidad entre los puestos de trabajo del sector público que se describen en el cuerpo de esta sentencia y resolución de 31 de marzo de 1987, que declaró al recurrente excedente en su actividad secundaria de A.T.S. del Hospital Clínico SAn Cecilio de Granada. Cuyas resoluciones se encuentran ajustadas a Derecho. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes".
Sevilla, 2 de julio de 1990.- El Secretario General, Rafael Benavente García.
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